ART 83. Incorpórase en el Código Civil la ley 32 de 1886 , sobre; propiedad literaria y artística.
III. SUCESION POR CAUSA DE MUERTE - SUCESION INTESTADA.
Ley 153 de 1887 · Que adiciona y reforma los Códigos nacionales, la ley 61 de 1886 y la 57 de 1887
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
ART 83. Incorpórase en el Código Civil la ley 32 de 1886 , sobre; propiedad literaria y artística.
III. SUCESION POR CAUSA DE MUERTE - SUCESION INTESTADA.
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.