º. Además de las funciones asignadas por la disposiciones vigentes, corresponde a las Secciones de Auditoria de las Administraciones de Impuestos Nacionales
Practicar las liquidaciones de aforo.
Revisar las liquidaciones de los impuestos de sucesiones y donaciones de que trata el artículo 3° del Decreto 3192 de 1963.
Además de las anteriores funciones, corresponde a las secciones de Auditoria practicar las liquidaciones de revisión previstas por los artículos 20 del Decreto 01651 y 14 del Decreto 3288 de 1963, de conformidad con los incisos 8° y 9° del artículo 15 del Decreto 2821 de 1974.