Artículo tercero. A partir del 16 de septiembre del año en curso, las asignaciones mensuales de los siguientes cargos serán como se detallan a continuación: Sección Vacunas: 1 Técnico en Vacuna Antivariolosa, de $ 770.00 a $ 990.00, aumento 220.00 1 Técnico Segundo Laboratorista, de $ 287.50 a $ 300.00, aumento 12.50 Sección Veterinaria: 1 Técnico Ayudante, de $ 287.50 a $ 414.00, aumento 126.50 Sección Medios de Cultivo y Esterilizaciones: 1 Técnico en Medios de Cultivo, de $ 345.00 a $ 414.00, aumento 69.00 1 Técnico e n Esterilizaciones, de $ 345.00 a $ 414.00, aumento 69.00 Valor total de los aumentos 497.00
Decreto 1930 de 1957 →Vigente
Artículo 3
Decreto 1930 de 1957 · Por el cual se suprimen unos cargos, se crean otros y se fijan unas asignaciones en el Instituto Nacional de Higiene Samper Martínez
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.