°. Uso de los recursos . Los recursos del Fondo para la Superación de Brechas de Desigualdad Poblacional e Inequidad Territorial se podrán utilizar para articular, focalizar y financiar la ejecución de planes, programas y proyectos, de índole nacional o territorial para el Sector de Igualdad y Equidad, dirigidos a superar la desigualdad poblacional e inequidad territorial, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 72 de la Ley 2294 de 2023. Para el efecto, podrá financiar o cofinanciar planes, programas y proyectos ejecutados por personas jurídicas, públicas, privadas o mixtas, de manera que se asegure la eficiencia y coordinación entre las entidades en el ejercicio de funciones y competencias.
Decreto 1896 de 2023 →Vigente
Artículo 5
Uso De Los Recursos
Decreto 1896 de 2023 · por el cual se reglamenta el Fondo para la Superación de Brechas de Desigualdad Poblacional e Inequidad Territorial, establecido en el artículo 72 de la Ley 2294 de 2023 “Por el cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026 Colombia Potencia Mundial de la Vida”.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.