Micelio

Artículo 14

Secretaría General

Decreto 76 de 2024 · por el cual se establece la estructura del Instituto Nacional de Donación y Trasplante de Órganos y Tejidos (INDTOT), sus funciones y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Secretaría General . Son funciones de la Secretaría General las siguientes

1.

Asistir a la Dirección General en la determinación de las políticas, objetivos y estrategias relacionadas con la administración del Instituto.

2.

Coordinar con la Oficina Asesora de Planeación la preparación de informes a la Dirección General.

3.

Dirigir, coordinar, controlar y evaluar las actividades relacionadas con la ad­quisición, almacenamiento, custodia, distribución e inventario de los elementos, equipos y demás bienes y servicios necesarios para el funcionamiento del Insti­tuto, velando para que se cumplan las normas vigentes sobre la materia.

4.

Preparar y presentar los estados financieros, informes de ejecución presupuestal y evaluación financiera del Instituto y los demás informes y análisis financieros que sean solicitados a la entidad.

5.

Dirigir la elaboración del proyecto de presupuesto de funcionamiento del Institu­to y realizar el seguimiento y control a su ejecución.

6.

Diseñar y ejecutar, en coordinación con la Oficina de Control Disciplinario In­terno, las medidas, los programas y las estrategias de divulgación encaminados a fortalecer una cultura organizacional hacia la prevención; la lucha contra la co­rrupción; la apropiación del régimen disciplinario y la promoción de un servicio público transparente, íntegro, idóneo y eficaz de la entidad, de conformidad con los Códigos de Integridad y General Disciplinario.

7.

Elaborar y mantener actualizado el Manual Específico de Funciones y de Com­petencias Laborales de la entidad.

8.

Dirigir y controlar los servicios generales y de apoyo que se requieran para el funcionamiento de las dependencias del Instituto.

9.

Facilitar, agilizar y garantizar el acceso al ejercicio de los derechos de las perso­nas y a la participación ciudadana, en los términos establecidos en la Ley 2052 de 2020.

10.

Administrar los canales y portales institucionales dispuestos para la atención de peticiones y la visualización de información a los usuarios de la entidad, aten­diendo a los requerimientos de transparencia y participación ciudadana.

11.

Coordinar la elaboración del plan anticorrupción y de servicio al ciudadano arti­culado con las dependencias de la entidad.

12.

Las demás que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la depen­dencia.

Parágrafo

Las funciones 9, 10 y 11 de que trata el presente artículo, recaerán de manera directa en el empleado público que ostente el cargo de secretario(a) General, de conformidad con la Ley 2052 de 2020.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 76 de 2024