Secretaría General . Son funciones de la Secretaría General las siguientes
Asistir a la Dirección General en la determinación de las políticas, objetivos y estrategias relacionadas con la administración del Instituto.
Coordinar con la Oficina Asesora de Planeación la preparación de informes a la Dirección General.
Dirigir, coordinar, controlar y evaluar las actividades relacionadas con la adquisición, almacenamiento, custodia, distribución e inventario de los elementos, equipos y demás bienes y servicios necesarios para el funcionamiento del Instituto, velando para que se cumplan las normas vigentes sobre la materia.
Preparar y presentar los estados financieros, informes de ejecución presupuestal y evaluación financiera del Instituto y los demás informes y análisis financieros que sean solicitados a la entidad.
Dirigir la elaboración del proyecto de presupuesto de funcionamiento del Instituto y realizar el seguimiento y control a su ejecución.
Diseñar y ejecutar, en coordinación con la Oficina de Control Disciplinario Interno, las medidas, los programas y las estrategias de divulgación encaminados a fortalecer una cultura organizacional hacia la prevención; la lucha contra la corrupción; la apropiación del régimen disciplinario y la promoción de un servicio público transparente, íntegro, idóneo y eficaz de la entidad, de conformidad con los Códigos de Integridad y General Disciplinario.
Elaborar y mantener actualizado el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales de la entidad.
Dirigir y controlar los servicios generales y de apoyo que se requieran para el funcionamiento de las dependencias del Instituto.
Facilitar, agilizar y garantizar el acceso al ejercicio de los derechos de las personas y a la participación ciudadana, en los términos establecidos en la Ley 2052 de 2020.
Administrar los canales y portales institucionales dispuestos para la atención de peticiones y la visualización de información a los usuarios de la entidad, atendiendo a los requerimientos de transparencia y participación ciudadana.
Coordinar la elaboración del plan anticorrupción y de servicio al ciudadano articulado con las dependencias de la entidad.
Las demás que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.
Las funciones 9, 10 y 11 de que trata el presente artículo, recaerán de manera directa en el empleado público que ostente el cargo de secretario(a) General, de conformidad con la Ley 2052 de 2020.