Micelio

Artículo 5

Las Garantías De Préstamos Otorgados Por Instituciones De Crédito Oficiales O Privadas, Expresada Bajo La Forma De "documento De Garantía", Resultarán Únicamente De Una O Más De Las Siguientes Operaciones: 1

Decreto 2167 de 1972 · Por el cual se dictan normas para la creación de un Fondo de Garantías que respalde operaciones de crédito de la pequeña y mediana industria nacional

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Las garantías de préstamos otorgados por instituciones de crédito oficiales o privadas, expresada bajo la forma de "Documento de Garantía", resultarán únicamente de una o más de las siguientes operaciones

1.

Otorgamiento de crédito para capital de trabajo.

2.

Construcción de obras civiles destinadas a las instalaciones industriales.

3.

Adquisición de máquinas o equipos de fabricación nacional.

4.

Adquisición de maquinaria o equipo de procedencia extranjera.

5.

Gastos de Instalación o de montaje de los equipos adquiridos.

6.

Pagos de pasivos contraídos a interés excesivo o a plazo muy corto.

7.

Gastos para la financiación de futuras exportaciones.

8.

Realización de estudios de factibilidad técnico-económica.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2167 de 1972