El Comandante General De Las Fuerzas Militares Podrá Confirmar O Declarar Contraevidente El Veredicto, Por Ser Contrario A La Realidad De Los Hechos Acreditados En El Informativo
Decreto 85 de 1989 · Por el cual se reforma el Reglamento de Régimen Disciplinario para las Fuerzas Militares
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El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
El Comandante General de las Fuerzas Militares podrá confirmar o declarar contraevidente el veredicto, por ser contrario a la realidad de los hechos acreditados en el informativo. En este último caso revocará el fallo correspondiente y ordenara la convocatoria de un nuevo Tribunal cuyo veredicto será definitivo y se obtendrá siguiendo los lineamientos establecidos en los artículos 175 y 176 de este reglamento.
Parágrafo
Si fueren dos o más los acusados sometidos a Tribunal Disciplinario y uno o varios veredictos fueren declarados contraevidentes, los restantes se dejarán en suspenso mientras se resuelve lo relativo a los contraevidenciados, a fin de emitir un solo fallo.
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Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.