Micelio

Artículo 5

Ley 30 de 1978 · por la cual se adoptan un plan y un programa de fomento a empresas útiles y benéficas de desarrollo regional, se decreta un gasto y se dictan normas relacionadas con el control y vigilancia de las correspondientes apropiaciones presupuestales.

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . A partir de la vigencia fiscal de 1980, para que un congresista pueda incluir un proyecto dentro de las apropiaciones previstas en este plan, de cuantía igual o superior a dos millones de pesos ($ 2.000.000.00) deberá elaborar un estudio que comprenda lo siguiente: planos, si se trata de obras cuya ejecución los requiera; detalles de los costos tenidos en cuenta para elaborar el presupuesto total; calendario de ejecución; detalle de las fuentes y cuantías que se emplearán en el financiamiento, y las metas físicas o de servicio que se desea alcanzar. Si la apropiación beneficia una entidad que había recibido auxilios en otros años, deberá acompañarse un certificado del representante legal que explique la forma como se cumplieron las metas previstas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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