Ventajas previstas en el acuerdo. Las ventajas o compensaciones que lleguen a acordarse a favor de cualquier otro acreedor en función de la recuperación de la empresa y de la mejora de su capacidad de pago, deberán reconocerse igualmente a los acreedores fiscales en forma proporcional por la estipulación de plazos, tasas de interés y períodos de gracia en los términos previstos en esta sección. (Art. 5 Decreto 2249 de 2000)
Decreto 1068 de 2015 →Vigente
Artículo 2.6.2.1.1.5
Ventajas Previstas En El Acuerdo
Decreto 1068 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.