Micelio

Artículo 5

Decreto 321 de 1878 · En ejecución de la lei 57 de 1° de junio de 1878, que determina el modo de pagar los créditos de estranjeros por suministros, empréstitos i espropiaciones en la guerra civil de 1876 a 1877

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 5.° Todos los documentos que formen el espediente, deberán tener la dilijencia de autenticidad de las firmas de las autoridades que en él aparezcan, suscrita por el Presidente, o Gobernador de Estado, o por su Secretario respectivo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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