Micelio

Artículo 3

Decreto 217 de 1999 · por el cual se amplían los plazos para la presentación y pago de declaraciones tributarias correspondientes a retención en la fuente mes de diciembre de 1998, impuesto sobre las ventas sexto bimestre de 1998, retención en la fuente mes de enero de 1999 y pago primera cuota del impuesto sobre la renta año gravable de 1998 para los grandes contribuyentes, en algunos municipios correspondientes a la jurisdicción de las administraciones de Pereira, Manizales, Ibagué y Tuluá y se determina un nuevo calendario tributario para los contribuyentes, responsables y agentes retenedores domiciliados o residenciados en el departamento del Quindío

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Las fechas de vencimiento establecidas en los artículos anteriores, rigen únicamente para la jurisdicción de los municipios señalados en el artículo lº de este decreto y para el departamento del Quindío tal como se señala en el artículo 2º del presente decreto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 217 de 1999