Art. 4.º El Poder Ejecutivo dispondrá que en la remesa de los fondos correspondientes a la deuda esterior se retenga la parte proporcional de intereses que corresponda al saldo sin convertir de dichas $ 72,100, según el promedio de la distribucion de dividendos que se haya hecho en el último semestre.
Ley 18720415 de 1872 →Vigente
Artículo 4
Ley 18720415 de 1872 · Ley que ordena la liquidación y cobreo de ciertos derechos sobre los fondos de la deuda extranjera, y autoría el reconocimiento de un crédito
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.