º Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga en todas sus partes el número 319 de 29 de enero de 1986.
Decreto 561 de 1986 →Vigente
Artículo 2
º Este Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación Y Deroga En Todas Sus Partes El Número 319 De 29 De Enero De 1986
Decreto 561 de 1986 · por el cual se modifica el artículo 2° del Decreto número 3460 de 1985 y se deroga el número 319 de 1986.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.