º Los representantes principal y suplente de los decanos de las Facultades de Comunicación Social que se encuentren aprobadas por el ICFES al momento de la elección, serán elegidos por la Junta o Consejo Directivo de la Asociación Colombiana de Facultades de Comunicación Social -ASFACOM-, por el término de cuatro (4) años.
Decreto 92 de 1986 →Vigente
Artículo 3
º Los Representantes Principal Y Suplente De Los Decanos De Las Facultades De Comunicación Social Que Se Encuentren Aprobadas Por El Icfes Al Momento De La Elección, Serán Elegidos Por La Junta O Consejo Directivo De La Asociación Colombiana De Facultades De Comunicación Social -Asfacom-, Por El Término De Cuatro (4) Años
Decreto 92 de 1986 · por el cual se reglamenta la elección de representantes al Consejo Nacional de Televisión del ente asociativo denominado Instituto Nacional de Radio y Televisión.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.