° . Por el tiempo que dure la ausencia del presidente de la República, en razón del viaje a que se refieren los considerandos del presente Decreto, deléganse en el ministro de Hacienda y Crédito Público, doctor Germán Ávila Plazas, las funciones legales y las siguientes atribuciones constitucionales: Artículo 129. Artículo 138, inciso 5. Artículo 189, con excepción de lo previsto en el numeral 2, 5, 6 y 7. Artículo 150 numeral 10, en cuanto se refiere al ejercicio de las facultades extraordinarias concedidas al Presidente de la República. Artículos 163, 165, 166 y 167. Artículos 200, 201 y 202. Artículos 213, 214 y 215. Artículos 303, 304, 314 y 323.
Decreto 79 de 2026 →Vigente
Artículo 1
Decreto 79 de 2026 · por el cual se delegan las funciones legales y unas funciones constitucionales.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.