Micelio

Artículo 2

Encárgase Al Recaudador De Hacienda Nacional De Puerto Berrío Del Manejo Los Fondos Y Pago De Los Gastos De La Interventoria, Estudios, Policía Y Demás Que Sea Necesario Hacer Por Cuenta Directa Del Gobierno En El Sector Landázuri-Río Magdalena, De La Carretera Del Carare

Decreto 1613 de 1933 · Por el cual se suprime un puesto y se reglamenta el pago de algunos gastos (ramo de Carreteras Nacionales)

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Encárgase al Recaudador de Hacienda Nacional de Puerto Berrío del manejo los fondos y pago de los gastos de la Interventoria, estudios, policía y demás que sea necesario hacer por cuenta directa del Gobierno en el sector Landázuri-río Magdalena, de la carretera del Carare. El expresado Recaudador responderá dé tal manejo con la fianza otorgada a favor de la Nación, incorporará en sus cuentas los comprobantes relativos a dichos gastos y enviará al Ministerio de Obras Públicas los datos e informaciones que éste le solicite.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1613 de 1933