Micelio

Artículo 32

Decreto 2035 de 1991 · por el cual se establece la estructura Interna del Ministerio de Gobierno, se determinan sus funciones y se dictan unas disposiciones complementarias al efecto.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Son funciones de la División de Programas Nacionales las siguientes

a)

Coordinar la preparación, formulación, aplicación, seguimiento y evaluación del Plan Nacional de Prevención y Atención de Desastres, en los diferentes niveles territoriales;

b)

Coordinar las relaciones institucionales e interinstitucionales de la Dirección Nacional para la Atención de Desastres, con el Departamento Nacional de Planeación y los entes de planificación a nivel nacional, previo concepto de la Oficina de Planeación del Ministerio de Gobierno, para inducir las políticas y conceptos de prevención en los planes y proyectos de planificación sectorial, urbana y regional e impulsar la formulación y realización de proyectos nacionales o regionales de prevención o rehabilitación;

c)

Orientar y coordinar el funcionamiento de las comisiones y servicios dependientes del Comité Técnico Nacional;

d)

Planificar el apoyo técnico, humano, financiero y organizativo para la prevención y atención de desastres a nivel institucional, público y privado;

e)

Promover, coordinar y/o realizar inventarios y estudios sobre amenazas, análisis de condiciones de vulnerabilidad y evaluación de riesgos;

f)

Coordinar y promover la celebración de acuerdos, convenios, planes, programas y proyectos de carácter nacional y regional en desarrollo del Plan Nacional para la Prevención y Atención de Desastres;

g)

Coordinar la integración, funcionamiento, modernización y mantenimiento de las redes de vigilancia sísmica, hidrometeorológica, vulcanológica y de otros tipos de riesgo, para registrar, procesar y producir la información técnica y científica requerida por el sistema en estas materias;

h)

Las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo a la naturaleza del área. División de Educación e Información Pública.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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