Micelio

Artículo 4

El Gobierno Nacional Proveerá Oportunamente A Los Notarios, Alcaldes, Funcionarios Consulares De Colombia En El Exterior, Y Corregidores O Inspectores De Policía, De Los Libros Y Elementos Necesarios Para Que El Registro Civil Se Lleve Adecuada Y Uniformemente

Decreto 1003 de 1939 · Por el cual se reglamenta la Ley 92 de 1938, sobre registro civil de las personas

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. El Gobierno Nacional proveerá oportunamente a los Notarios, Alcaldes, funcionarios consulares de Colombia en el Exterior, y Corregidores o Inspectores de Policía, de los libros y elementos necesarios para que el registro civil se lleve adecuada y uniformemente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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