Micelio

Artículo 2

Modifícase El Literal A) Del Artículo 2

Decreto 1486 de 2018 · por el cual se modifica el Decreto número 2555 de 2010 en lo relacionado con los criterios para determinar la calidad de vinculados, límites de exposición, concentración de riesgos y conflictos de interés de los conglomerados financieros, y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Modifícase el literal a) del artículo 2.6.13.1.1 del Decreto número 2555 de 2010, el cual quedará así: “a) La Política de Inversión de cada uno de los tipos de fondos de pensiones obligatorias y de cada uno de los portafolios del fondo de cesantía, la cual será divulgada a los afiliados y al público en general, según las instrucciones que imparta la Superintendencia Financiera de Colombia. En todo caso dicha política de inversión deberá incluir un capítulo sobre conflictos de interés en el marco del artículo 2.39.3.1.5 del presente decreto, que contenga como mínimo: i. Criterios para identificar, administrar y revelar las situaciones de potenciales conflictos de interés. ii. Revisiones periódicas de las decisiones adoptadas. iii. Evaluación de riesgos por concentración, contagio, sistémico y reputacional. iv. Procedimientos de revelación de información detallada sobre las operaciones realizadas y sobre el cumplimiento de los deberes contenidos en el artículo 2.39.3.1.4 del presente decreto”.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1486 de 2018