Micelio

Artículo 1

Apruébase En Todas Sus Partes La Modificación A Los Estatutos Internos Del Instituto De Casas Fiscales Del Ejército, Cuyo Texto Es El Siguiente: «acuerdo Numero 003 De 158 (Febrero 7) Por El Cual Se Modifican Parcialmente Los Estatutos Internos Del Instituto De Casas Fiscales Del Ejército"

Decreto 440 de 1989 · Por el cual se aprueba una reforma a los Estatutos del Instituto de Casas Fiscales del Ejercito.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo 1° Apruébase en todas sus partes la modificación a los Estatutos Internos del Instituto de Casas Fiscales del Ejército, cuyo texto es el siguiente: «ACUERDO NUMERO 003 DE 158 (febrero 7) por el cual se modifican parcialmente los Estatutos Internos del Instituto de Casas Fiscales del Ejército". La Junta Directiva del Instituto de Casas Fiscales del Ejército, en ejercicio de las facultades legales y estatutarias, y en especial las que le confieren los Decretos-ley 1050 de 1968 y 2179 de 1984 y oído el concepto de la Secretaría de Administración Pública de la Presidencia de la República, ACUERDA: Artículo 1° El literal "g" del artículo 8°del Acuerdo número 031 de 1984, Estatuto Interno de Instituto de Casas Fiscales del Ejército, quedará así: g) Autorizar a la Dirección General para celebrar o ejecutar todos los actos, operaciones o contratos comprendidos en el objeto de la entidad, cuya cuantía fuere igual o superior a seiscientos (600) salarios mínimos, legales, mensuales, vigentes. Artículo 2° El literal g) del artículo 16 del Acuerdo número 031 de 1984, Estatuto Interno del Instituto de Casas Fiscales del Ejército, quedará así: g) Celebrar los actos, operaciones y contratos comprendidos en el objeto del Instituto. Cuando la cuantía sea igual o superior a seiscientos (600) salarios mínimos, legales, mensuales, vigentes, se requerirá la autorización de la Junta Directiva. Artículo 3° El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de publicación del decreto mediante el cual lo aprueba el Gobierno Nacional y modifica las disposiciones que le sean contrarias. Comuníquese y cúmplase.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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