Operación de la red. La operación de redes de distribución punto multipunto de banda ancha en la banda de 38 GHz es de responsabilidad directa y exclusiva del titular respectivo y el espectro radioeléctrico asignado no se podrá utilizar por fuera del ámbito para el cual se otorgó el permiso.
Decreto 1425 de 2000 →Vigente
Artículo 19
Decreto 1425 de 2000 · por el cual se establecen los procedimientos para otorgar títulos habilitantes para el establecimiento dentro del territorio nacional de redes radioeléctricas de distribución punto multipunto de banda ancha en la banda de 38 GHz y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.