Micelio

Artículo 5

Calificación De Proyecto Elegible

Decreto 49 de 2000 · por el cual se establecen las Zonas Especiales Económicas de Exportación y se regula el régimen de los proyectos de dichas zonas.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Calificación de proyecto elegible. Para tener derecho al tratamiento excepcional que se define en el presente decreto y en normas posteriores para las Zonas Especiales Económicas de Exportación, el proyecto de inversión deberá ser calificado como elegible por un comité integrado por los Ministros de Hacienda y Crédito Público y de Comercio Exterior; por el Director del Departamento Nacional de Planeación o sus Delegados. Dicho Comité además de verificar el cumplimiento de los requisitos señalados en el artículo anterior deberá emitir su concepto teniendo en cuenta la conveniencia del proyecto exportador y su impacto a nivel regional y nacional, sin perjuicio del cumplimiento de requisitos, licencias y permisos establecidos en las disposiciones vigentes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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