El Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses (INMLCF) en coordinación con la Fiscalía General de la Nación, creará un registro en el banco de pruebas científicas de Ácido Desoxirribonucleico (ADN), o de cualquier otro tipo de pruebas científicas con alto nivel de credibilidad, de las niñas, niños, adolescentes, jóvenes o mujeres desaparecidas y de los parientes que demandan su localización, a efecto de poder contar con medios científicos de prueba que permitan de forma inmediata acreditar su filiación biológica. Además, adoptará la base de datos de las niñas, niños, adolescentes, jóvenes y mujeres que han sido inhumados(as) sin haber sido identificadas, el cual deberá contener fotografías, registros dentales, huellas digitales, informe pericial, así como cualquier otro dato o medio de prueba que contribuya a su reconocimiento. La extracción y análisis de las muestras para Ácido Desoxirribonucleico (ADN) o de cualquier otra prueba científica, deberá realizarlas el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses (INMLCF).
Disposiciones finales