Micelio

Artículo 23

Ley 2326 de 2023 · Por medio de la cual se adopta la alerta rosa y otras medidas de prevención, protección y reparación para las niñas, niños, jóvenes, adolescentes y mujeres víctimas de desaparición.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses (INMLCF) en coordinación con la Fiscalía General de la Nación, creará un registro en el banco de pruebas científicas de Ácido Desoxirribonucleico (ADN), o de cualquier otro tipo de pruebas científicas con alto nivel de credibilidad, de las niñas, niños, adolescentes, jóvenes o mujeres desaparecidas y de los parientes que demandan su localización, a efecto de poder contar con medios científicos de prueba que permitan de forma inmediata acreditar su filiación biológica. Además, adoptará la base de datos de las niñas, niños, adolescentes, jóvenes y mujeres que han sido inhumados(as) sin haber sido identificadas, el cual deberá contener fotografías, registros dentales, huellas digitales, informe pericial, así como cualquier otro dato o medio de prueba que contribuya a su reconocimiento. La extracción y análisis de las muestras para Ácido Desoxirribonucleico (ADN) o de cualquier otra prueba científica, deberá realizarlas el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses (INMLCF).

Disposiciones finales

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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