Micelio

Artículo 10

El Presente Decreto Principiará Á Regir Treinta Días Después De La Fecha De Su Publicación En El Diario Oficial

Decreto 2 de 1906 · Por el cual se suspende el número 1292 de 13 de noviembre último

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El presente Decreto principiará á regir treinta días después de la fecha de su publicación en el Diario Oficial . Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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