Micelio

Artículo 2.6.4.2.1.1

Cotizaciones Y Aportes Al Sgsss

Decreto 780 de 2016 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Salud y Protección Social

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Cotizaciones y aportes al SGSSS. Son recursos de las cotizaciones y aportes al Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS) los provenientes de:

1.

Cotizaciones de los afiliados al Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS) en el régimen contributivo.

2.

Aportes que realizan los afiliados adicionales de que trata el artículo 2.1.4.5 del presente decreto o la norma que lo modifique o sustituya.

3.

Cotizaciones de los afiliados a los regímenes especial y de excepción con una relación laboral o ingresos adicionales sobre los cuales esté obligado a cotizar al sistema de salud, en los términos de que trata el artículo 2.1.13.5 del presente decreto.

4.

Aportes de los regímenes especial y de excepción correspondientes al porcentaje de solidaridad a que se refiere el artículo 204 de la Ley 100 de 1993, modificado por el artículo 10 de la Ley 1122 de 2007.

5.

Intereses de mora por pago extemporáneo de cotizaciones y aportes al SGSSS.

6.

Las demás cotizaciones y aportes que defina la ley.

Parágrafo

Se entenderán incluidas en el numeral 1 las cotizaciones en salud que provengan de reconocimientos retroactivos de mesadas pensionales, conciliaciones o sentencias judiciales y laudos arbitrales, entre otros.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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