Micelio

Artículo 2.10.1.5.1.3

Condiciones Para Quienes Accedieron A La Cobertura

Decreto 1068 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Condiciones para quienes accedieron a la cobertura. Los deudores del crédito o locatarios del contrato de leasing habitacional, para acceder a la cobertura debían cumplir la siguiente condición, además de las previstas en este capítulo y en la reglamentación que se ha expedido para el efecto. No haber sido beneficiario a cualquier título de las coberturas establecidas en el presente capítulo o de aquellas otorgadas en desarrollo de lo dispuesto en el Capítulo 4 del presente título y en el Decreto 1190 de 2012 compilado en el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Vivienda, Ciudad y Territorio y las normas que los reglamenten, modifiquen, adicionen, complementen o sustituyan. Los beneficiarios deben haber manifestado por escrito al establecimiento de crédito, su intención de recibirla, antes del desembolso del crédito o de la suscripción del respectivo contrato de leasing habitacional, señalando expresamente que conocen y aceptan los términos y condiciones para el acceso, vigencia y terminación anticipada de la cobertura, en particular que el beneficio de la cobertura estaba sujeto a la disponibilidad de coberturas para los créditos y contratos de leasing al momento del desembolso del crédito o del inicio del contrato de leasing. Los establecimientos de crédito deben verificar y controlar lo relativo a la condición de acceso a la cobertura establecida en el presente artículo, de conformidad con lo previsto en el artículo 2.10.1.5.6.1 del presente capítulo. (Art. 3 Decreto 701 de 2013)

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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