Recuperación de los recursos no ejecutados. Corresponderá a la ADRES la recuperación de los recursos no ejecutados de los programas financiados con recursos del Fosyga o con los administrados por esa entidad. Para el efecto, el Ministerio de Salud y Protección Social reportará a la ADRES la información de los montos y terceros a quién efectuar los requerimientos y/o gestión de cobro, sin perjuicio de lo dispuesto en la Ley 1797 de 2016.
Para tales efectos, la ADRES dará aplicación a lo dispuesto por el artículo 98 y siguientes de la Ley 1437 de 2011 y demás normas aplicables”.
TEXTO CORRESPONDIENTE A