Del cumplimiento de las normas. Toda empresa, persona natural o jurídica que se dedique a aplicación terrestre de plaguicidas en forma manual o mecánica en áreas pecuaria, o agrícola, en vehículos, edificaciones, productos o área pública deberá cumplir las normas sobre medidas preventivas y de seguridad al tenor de lo dispuesto en el Decreto 614 de 1984, las disposiciones contenidas en el presente Decreto y aquellas relacionadas con el respectivo tipo de actividad, originarias de los Ministerios de Salud y Agricultura, según el caso.
Decreto 775 de 1990 →Vigente
Artículo 103
Del Cumplimiento De Las Normas
Decreto 775 de 1990 · por el cual se reglamentan parcialmente los Títulos III, V, VI, VII y XI de la Ley 09 de 1979, sobre uso y manejo de plaguicidas.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.