Micelio

Artículo 11

De La Ley Que Se Reglamenta, Quedará Sometida A Las Sanciones Previstas En Dicho Artículo, Y Su Conocimiento Y Aplicación Corresponderá A Los Jueces De Circuito En Lo Penal, De Conformidad Con Las Disposiciones Del Código De Procedimiento Penal

Decreto 948 de 1962 · Por el cual se reglamenta la Ley sobre el ejercicio de la odontología

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo decimoprimero. Toda persona que ejerza ilegalmente la odontología, según lo previsto en el artículo 10 de la Ley que se reglamenta, quedará sometida a las sanciones previstas en dicho artículo, y su conocimiento y aplicación corresponderá a los jueces de Circuito en lo Penal, de conformidad con las disposiciones del Código de Procedimiento Penal.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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