Micelio

Artículo 1

Ley 26 de 1878 · El pie de fuerza en tiempo de paz, en el próximo año económico será a juicio del Poder Ejecutivo

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 1.° El pié de fuerza en tiempo de paz, en el próximo año económico, será a juicio del Poder Ejecutivo, hasta de tres mil hombres destrona, con sus respectivos Jefes i oficiales, i se distribuira i situará del modo i en los puntos que estime conveniente el Poder Ejecutivo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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