Art. 11. El Consejo de Estado reúne tres caracteres, á saber:
1° El de Supremo Cuerpo Consultivo del Gobierno;
2° El de Comisión Legislativa permanente; y
3° El de Supremo Tribunal Contencioso-administrativo.
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Art. 11. El Consejo de Estado reúne tres caracteres, á saber:
1° El de Supremo Cuerpo Consultivo del Gobierno;
2° El de Comisión Legislativa permanente; y
3° El de Supremo Tribunal Contencioso-administrativo.
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.