Micelio

Artículo 2

Con Destino A Los Damnificados Por Los Deslizamientos Ocurridos En La Ciudad De Manizales, Durante El Presente Mes De Noviembre, Para Ser Invertidos En La Compra De Enseres Y Alimentos, Apropiase La Suma De Cincuenta Mil Pesos ($50

Decreto 2146 de 1967 · por el cual se concede un auxilio por calamidad pública al Municipio de Manizales.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Con destino a los damnificados por los deslizamientos ocurridos en la ciudad de Manizales, durante el presente mes de noviembre, para ser invertidos en la compra de enseres y alimentos, apropiase la suma de cincuenta mil pesos ($50.000.00) moneda corriente.

Parágrafo

El valor de este auxilio será girado al Tesorero Municipal de Manizales, quien, sin perjuicio de las cuentas que debe rendir a la Contraloría General de la República, informará de talladamente al Ministerio de Gobierno sobre su inversión, dentro de los treinta (30) días siguientes a la fecha en que se haya terminado la distribución correspondiente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2146 de 1967