Artículo cincuenta y dos. Visitas de inspección técnica o administrativa. De conformidad con el Decreto 2814 de 1968, el Instituto deberá suministrar todas las informaciones y documentos que para las visitas de inspección técnica y administrativa, ordene el Presidente de la República.
Decreto 736 de 1969 →Vigente
Artículo 54
Decreto 736 de 1969 · Por el cual se aprueban los Estatutos del Instituto Colombiano Agropecuario-ICA
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.