Artículo Segundo . La reserva especial tendrá una duración de dos (2) años y los estudios y trabajos a realizarse dentro de dicho término estarán a cargo del Instituto de Investigaciones en Geociencias, Minería y Química - INGEOMINAS- El Gobierno podrá en cualquier tiempo modificar o eliminar dichas reservas, de acuerdo con los planes de trabajo o con sus resultados, parciales o definitivos.
Decreto 2242 de 1995 →Vigente
Artículo 2
Decreto 2242 de 1995 · por el cual se declarán de reserva minera especial unos yacimientos.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.