Micelio

Artículo 2

Decreto 2242 de 1995 · por el cual se declarán de reserva minera especial unos yacimientos.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo Segundo . La reserva especial tendrá una duración de dos (2) años y los estudios y trabajos a realizarse dentro de dicho término estarán a cargo del Instituto de Investigaciones en Geociencias, Minería y Química - INGEOMINAS- El Gobierno podrá en cualquier tiempo modificar o eliminar dichas reservas, de acuerdo con los planes de trabajo o con sus resultados, parciales o definitivos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2242 de 1995