º. Cuando en el activo de las sucesiones que se abran dentro de la vigencia de esta Ley aparezcan bienes que no hayan figurado en la última declaración de renta y patrimonio del causante, podrá practicarse liquidación de revisión del impuesto sobre la renta por todos los años gravables, respecto de los cuales haya omisión. No se podrá practicar liquidación de revisión por los años gravables anteriores a 1961.
Ley 21 de 1963 →Vigente
Artículo 8
Ley 21 de 1963 · por la cual se dictan algunas disposiciones en materias fiscales, se dan unas autorizaciones y se inviste al Presidente de la República de facultades extraordinarias, conforme a los ordinales 11 y 12 del artículo 76 de la Constitución Nacional.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.