Micelio

Artículo 85

La Subdirección De Análisis Y Política Sectorial Tiene Las Siguientes Funciones: A) Presentar, En Coordinación Con Las Demás Subdirecciones De La Dirección General De Planeación Y Para Consideración Del Comité De Gabinete Del Ministerio, La Política Para El Sistema De Salud, Y Los Planes Y Programas Del Sector, Los Cuales Informará Por Conducto De La Respectiva Dirección; B) Coordinar La Formulación De Las Políticas, Planes Y Programas De Asistencia Pública Que Deban Presentarse A Consideración Del Comité De Gabinete Del Ministerio Y Posterior Adopción Por El Gobierno Nacional; C) Dirigir, Coordinar Y Conceptuar Sobre La Elaboración De Propuestas En Materia De Política De Medicamentos, Que Con Destino Al Ministerio De Desarrollo Económico Y Que Con Demás Instancias Pertinentes, Deba Presentar El Ministro De Salud; D) Dirigir Y Coordinar La Realización De Los Estudios Necesarios Para Evaluar El Perfil Epidemiológico, El Estado De Salud De Los Habitantes Del Territorio Y El Modelo De Salud, Y Presentar Las Recomendaciones Que De Ellos Se Deriven; E) Definir Los Indicadores Económicos Que Permitan Medir Las Condiciones De Vida De La Población En Su Estado De Salud, Y A Través De Ellos, Recomendar Las Acciones De Carácter Intersectorial Que Deban Adelantarse; F) Proponer A La Dirección General De Planeación El Diseño Del Modelo De Interrelación Del Sector Con El Resto De La Economía; G) Dirigir El Diseño Del Modelo Económico Y Matemático Que Simule El Comportamiento Del Sector Salud En El Corto, Mediano Y Largo Plazo Y Someterlo A Consideración Del Comité De Gabinete Del Ministerio A Través De La Dirección General De Planeación; H) Proponer Los Objetivos Del Sector De Acuerdo Con El Plan Nacional De Desarrollo Y Presentarlo Para Su Definición Al Comité De Gabinete Del Ministerio, Por Conducto De La Dirección General De Planeación, Para Su Posterior Refrendación Del Ministro; I) Presentar Las Alternativas Sobre Políticas De Largo Plazo Del Sector Con Base En El Objetivo Definido Por El Ministerio Y Los Lineamientos Generales, Económicos Y Sociales Determinados Por El Gobierno Y El Departamento Nacional De Planeación; J) Proponer La Política De Manejo Del Crédito Como Estímulo A La Dinámica Del Sector Y Proyectar Las Alternativas De Financiación, Para Estudio Del Comité De Gabinete Del Ministerio Y Posterior Refrendación Del Ministro

Decreto 1471 de 1990 · por el cual se establece la estructura orgánica del Ministerio de Salud y se determinan las funciones de sus dependencias.

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 85. La Subdirección de Análisis y Política Sectorial tiene las siguientes funciones

a)

Presentar, en coordinación con las demás Subdirecciones de la Dirección General de Planeación y para consideración del Comité de Gabinete del Ministerio, la política para el Sistema de Salud, y los planes y programas del sector, los cuales informará por conducto de la respectiva Dirección;

b)

Coordinar la formulación de las políticas, planes y programas de asistencia pública que deban presentarse a consideración del Comité de Gabinete del Ministerio y posterior adopción por el Gobierno Nacional;

c)

Dirigir, coordinar y conceptuar sobre la elaboración de propuestas en materia de política de medicamentos, que con destino al Ministerio de Desarrollo Económico y que con demás instancias pertinentes, deba presentar el Ministro de Salud;

d)

Dirigir y coordinar la realización de los estudios necesarios para evaluar el perfil epidemiológico, el estado de salud de los habitantes del territorio y el modelo de salud, y presentar las recomendaciones que de ellos se deriven;

e)

Definir los indicadores económicos que permitan medir las condiciones de vida de la población en su estado de salud, y a través de ellos, recomendar las acciones de carácter intersectorial que deban adelantarse;

f)

Proponer a la Dirección General de Planeación el diseño del modelo de interrelación del sector con el resto de la economía;

g)

Dirigir el diseño del modelo económico y matemático que simule el comportamiento del sector salud en el corto, mediano y largo plazo y someterlo a consideración del Comité de Gabinete del Ministerio a través de la Dirección General de Planeación;

h)

Proponer los objetivos del sector de acuerdo con el Plan Nacional de Desarrollo y presentarlo para su definición al Comité de Gabinete del Ministerio, por conducto de la Dirección General de Planeación, para su posterior refrendación del Ministro;

i)

Presentar las alternativas sobre políticas de largo plazo del sector con base en el objetivo definido por el Ministerio y los lineamientos generales, económicos y sociales determinados por el Gobierno y el Departamento Nacional de Planeación;

j)

Proponer la política de manejo del crédito como estímulo a la dinámica del sector y proyectar las alternativas de financiación, para estudio del Comité de Gabinete del Ministerio y posterior refrendación del Ministro. División de Estudios de Salud.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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