Artículo cuarto. El pago del aporte ordenado para estas-becas, su manejo e inversión, y la rendición de las cuentas correspondientes a la Contraloría General de la República, se efectuarán con arreglo a las normas administrativas y fiscales vigentes para esta clase de erogaciones y alas especiales que dicte dicha Contraloría en des- arrollo de este Decreto Comuníquese,
Decreto 608 de 1956 →Vigente
Artículo 4
Decreto 608 de 1956 · Por el cual se crean unas becas para educación agrícola, se distribuye una partida, y se dictan unas disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.