Actividades de calificación. Dentro de las actividades autorizadas a las sociedades calificadoras de riesgo se entenderán comprendidas, entre otras, las siguientes
Calificación de emisor o contraparte.
Calificación de emisión de deuda.
Calificación sobre la capacidad de cumplir oportunamente con flujos futuros estimados en proyectos de inversión.
Calificación de riesgos de portafolios de inversión colectiva.
Calificación de capacidad de pago de siniestros de las compañías de seguros.
Calificación sobre la habilidad para administrar inversiones o portafolios de terceros.
Homologación de calificaciones otorgadas por agencias calificadoras de riesgos o valores extranjeras reconocidas por la Superintendencia Financiera de Colombia, que no cuenten con presencia comercial en Colombia, y solo para aquellos casos en los cuales se acepte la calificación por entidades del exterior.
Las calificaciones que se exijan mediante normas especiales.
Las demás que se establezcan en el reglamento de la calificadora.