Micelio

Artículo 8

Decreto 1124 de 2008 · por el cual se reglamenta el Fondo de Apoyo Financiero para la Energización de las Zonas No Interconectadas – FAZNI.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Distribución de los recursos entre los planes, programas y/o proyectos elegibles. La prioridad para la distribución de los recursos del Fondo de Apoyo Financiero para la Energización de las Zonas No Interconectadas -FAZNI-, se determinará con base en los siguientes criterios

1.

Para los planes, programas y/o proyectos presentados bajo los esquemas descritos en los numerales 1 y 2 del artículo 7º del presente decreto se tendrán en cuenta criterios de: (i) Menor aporte estatal requerido, entendido este como los aportes de inversión y subsidios de operación, y/o (ii) contribución al uso de fuentes de energías renovables o alternativas.

2.

Para los planes, programas y/o proyectos presentados bajo los esquemas descritos en el numeral 3 del artículo 7º del presente decreto se tendrán en cuenta criterios de: (i) Menor aporte estatal requerido entendido este como los aportes de inversión y subsidios de operación; (ii) Mayor número de usuarios beneficiados, y/o (iii) Contribución a la innovación tecnológica para el uso de fuentes de energía renovables o alternativas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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