Micelio

Artículo 96

Antes De Dar La Hora En Que Hayan De Cerrarse Las Sesiones Del Consejo, El Secretario Tendrá Pronta Y En Debida Forma, Si Fuere Posible, El Acta Dela Sesión Misma En Que Haya De Declararse Cerrada Y En Ella Se Expresará: 1° La Circunstancia De Ser La Última Acta Del Consejo En Aquella Reunión, Y 2° La Circunstancia De Haber Sido Discutida, Adoptada Y Firmada Inmediatamente Antes De Cerrarse Las Sesiones

Decreto 466 de 1964 · Por el cual se aprueba, con modificaciones y adiciones, el Acuerdo número 1 de 1963 (enero 30), del Consejo Intendencial de Arauca, sobre reglamento para el funcionamiento interno del Consejo

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Antes de dar la hora en que hayan de cerrarse las sesiones del Consejo, el Secretario tendrá pronta y en debida forma, si fuere posible, el acta dela sesión misma en que haya de declararse cerrada y en ella se expresará: 1° La circunstancia de ser la última acta del Consejo en aquella reunión, y 2° La circunstancia de haber sido discutida, adoptada y firmada inmediatamente antes de cerrarse las sesiones.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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