Micelio

Artículo 2.1.4.1.7

Decreto 1730 de 1991 · por el cual se expide el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 2.1.4.1.7 .- INCOMPATIBILIDADES. Los directivos y administradores de los organismos cooperativos de grado superior de carácter financiero en cuanto funcionarios que son de establecimientos de crédito, estarán sometidos al régimen de incompatibilidades previsto en la ley para las cajas de ahorro y bancos comerciales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1730 de 1991