Micelio

Artículo 4

Ley 149 de 1959 · Por la cual se destina el Capitolio Nacional exclusivamente para el funcionamiento del Congreso de Colombia, y se organiza la Biblioteca del Congreso Nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En un salón especial del Capitolio nacional, debidamente acondicionado, se instalara en la Biblioteca del Congreso, para el servicio conjunto de las dos Cámaras.

Parágrafo

Para atender a los gastos que demande lo dispuesto en el presente artículo, se destina la suma de doscientos mil pesos ($200.000), que será incluida en el presupuesto del Congreso, por el Gobierno Nacional.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 149 de 1959