Micelio

Artículo 5

Cuando Una Misma Jineta De Buena Conducía Hubiere Sido Perdida Por Segunda Vez, Su Revalidación Podrá Producirse A Solicitud Del Comandante De Unidad, Pero En Ningún Caso Anl

Decreto 823 de 1949 · Por el cual se reglamentan los requisitos para obtener las jinetas de buena conducta y las causales que determinan su pérdida y recuperación

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Cuando una misma jineta de buena conducía hubiere sido perdida por segunda vez, su revalidación podrá producirse a solicitud del Comandante de Unidad, pero en ningún caso anl.es de un año después de cometida la falta que ocasionó su suspensión o de haber sido revalidada la jineta anterior.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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