El artículo 33 de la Ley 70 de 1916 quedará asi:
El impuesto de peaje establecido en el camino del Cravo, continuará cobándose con destino exclusivo a la conservación de la vía.
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
El artículo 33 de la Ley 70 de 1916 quedará asi:
El impuesto de peaje establecido en el camino del Cravo, continuará cobándose con destino exclusivo a la conservación de la vía.
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.