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Artículo 36

Gerencia De Indemnizaciones

Decreto 5019 de 2009 · Por el cual se modifica la estructura de la Previsora S. A. Compañía de Seguros, y se determinan las funciones de sus dependencias.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Gerencia de Indemnizaciones. Son funciones de la Gerencia de Indemni­zaciones, las siguientes:

1.

1. Ejecutar y evaluar el proceso de las reclamaciones indemnizatorias verificando la uniformidad y el cumplimiento de los requerimientos técnicos y jurídicos contenidos en el Manual de Políticas y Normas de indemnizaciones.

2.

2. Definir el pago u objeción de los siniestros presentados en las sucursales, cumpliendo con los niveles de atención establecidos de acuerdo con su delegación.

3.

3. Seleccionar las firmas de ajustadores, peritos o investigadores y designar el ajustador, perito o investigador cuando se requieran en los siniestros que le correspondan por delegación.

4.

4. Proponer a la Vicepresidencia Jurídica y de Indemnizaciones las políticas normas y procedimientos de indemnizaciones para los diferentes ramos de seguros.

5.

5. Asesorar a las Sucursales, en todos los aspectos concernientes a indemnizaciones, en los diferentes ramos de seguros.

6.

6. Emitir conceptos sobre indemnizaciones.

7.

7. Asistir al Comité de Defensa Judicial y Conciliación, donde participará con voz y voto.

8.

8. Elaborar el presupuesto del área y controlar su ejecución.

9.

9. Reportar la información de salvamentos a la Vicepresidencia Administrativa y Fi­nanciera, responsable de la administración y venta de los mismos.

10.

10. Representar a la compañía en las diligencias judiciales y extrajudiciales originadas en siniestros, con la facultad de conciliar y transar en los términos autorizados por el Comité de Defensa Judicial y Conciliación.

11.

11. Controlar y hacer seguimiento de las reservas de siniestros establecidas por las Sucursales.

12.

12. Controlar y coordinar los traslados de fondos para el pago de las indemnizaciones.

13.

13. Evaluar y estandarizar el procedimiento de reclamación, para garantizar la mejora permanente al servicio prestado a los clientes internos y externos.

14.

14. Manejar las estadísticas de indemnizaciones, a fin de establecer índices de siniestra­lidad y sugerir recomendaciones que sirvan de base para la toma de decisiones.

15.

15. Mantener a disposición de las entidades de control y vigilancia la información en materia de indemnizaciones.

16.

16. Reportar oportunamente a la Vicepresidencia Jurídica la información o documen­tación que por su naturaleza y/o competencia deba ser atendida por ella.

17.

17. Coordinar con las sucursales la designación de investigadores para los siniestros que ameriten esta gestión.

18.

18. Velar por el adecuado control de ejecución de los contratos a cargo de la Gerencia.

19.

19. Mantener el archivo actualizado de los expedientes de manejo del área.

20.

20. Coordinar los pagos que genere el área, previa verificación del cumplimiento de los requisitos para ser girados.

21.

21. Las demás funciones que le sean asignadas inherentes a la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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