Art. 24. Cada seccion formará, para su publicacion, al fin de cada año civil, un indice por orden alfabético, de las disposiciones, decretos, resoluciones i demas piezas publicadas durante el año i que hayan tenido orijen en la respectiva seccion.
Decreto 18700819 de 1870 →Vigente
Artículo 24
Decreto 18700819 de 1870 · Por el cual se reorganiza la Secretaría del Tesoro i Crédito Nacional
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.