°. Funciones . Son funciones generales de la Agencia Nacional Inmobiliaria Virgilio Barco Vargas
Adoptar los planes de acción necesarios para la formulación, estructuración y ejecución de proyectos urbanos, de gestión inmobiliaria y/o de infraestructura social, cualquiera sea el tipo de tratamiento urbanístico que se requiera para el efecto.
Definir los criterios y realizar los estudios necesarios para la formulación, estructuración y ejecución de los proyectos urbanos, de gestión inmobiliaria y/o de infraestructura social, en términos de su viabilidad técnica, jurídica y financiera.
Formular, estructurar y ejecutar proyectos urbanos, de gestión inmobiliaria y/o de infraestructura social y servicios conexos o complementarios a nivel nacional o territorial, en terrenos de propiedad pública o privada.
Comprar, vender, entregar en arrendamiento o en concesión, y en general realizar cualquier negocio jurídico necesario para la formulación, estructuración, ejecución y comercialización de los proyectos a cargo de la Agencia.
Diseñar y promover modelos de operación para la formulación, estructuración y ejecución de los proyectos urbanos, de gestión inmobiliaria y/o de infraestructura social, a través de esquemas de asociaciones público privadas, concesiones, convenios, contratos o cualquier otro mecanismo legal habilitado para el efecto.
Desarrollar e implementar mecanismos de monitoreo, seguimiento y control a la ejecución de los proyectos urbanos, de gestión inmobiliaria y/o de infraestructura social a cargo de la Agencia.
Adelantar la gestión contractual para formular, estructurar y ejecutar los proyectos urbanos, de gestión inmobiliaria y/o de infraestructura social a cargo de la Agencia.
Celebrar contratos de fiducia mercantil en los que puedan participar las entidades públicas del orden nacional y territorial, para el desarrollo de los proyectos de la Agencia, de conformidad con lo señalado en el artículo 245 de la Ley 1753 de 2015.
Administrar directa o indirectamente los bienes inmuebles relacionados con los proyectos a su cargo.
Prestar los servicios de asesoría y corretaje inmobiliario a las entidades públicas del orden nacional y territorial que lo requieran.
Definir las especificaciones urbanísticas, arquitectónicas, técnicas, administrativas y operativas de los proyectos urbanos, de gestión inmobiliaria y/o de infraestructura social a cargo de la Agencia, bajo criterios de racionalidad económica, sostenibilidad ambiental y eficiencia.
Adelantar los procesos de gestión social asociados a la ejecución de los proyectos urbanos, de gestión inmobiliaria y/o de infraestructura social.
Adelantar los procesos de expropiación administrativa de conformidad con lo previsto en el artículo 245 de la Ley 1753 de 2015 y la Ley 1742 de 2014 invocando los motivos de utilidad pública establecidos en los literales b), c), g), i), k), 1), m) del artículo 58 de la Ley 388 de 1997.
Emitir concepto previo favorable dentro del proceso de aprobación y registro de proyectos de inversión en el Banco Nacional de Programas y Proyectos de Inversión, cuando se trate de proyectos relacionados con la adquisición de terrenos o la construcción o adquisición de edificaciones para sedes administrativas de los órganos y entidades del orden nacional, de acuerdo a la priorización que efectúe la Agencia.
Promover y gestionar convenios de cooperación y asistencia técnica con organismos internacionales para la formulación, estructuración y ejecución de los proyectos urbanos, de gestión inmobiliaria y/o de infraestructura social, atendiendo los lineamientos impartidos por la Agencia Presidencial de Cooperación Internacional de Colombia (APC – Colombia).
Proponer políticas, planes y programas en materia de desarrollo urbano y gestión inmobiliaria.
Las demás que le sean asignadas de conformidad con lo establecido en la ley.