Micelio

Artículo 2

Sin Perjuicio De La Correspondiente Acción Penal, Cuando A Ella Hubiere Lugar, O De Lo Que Establezcan Al Respecto Disposiciones Especiales, Son Causales Para La Imposición De Sanciones Disciplinarias Las Siguientes: 1ª Mala Conducta Social Motivada Por Hábito De Embriaguez, Práctica De Juegos Prohibidos, Mora Habitual E Injustificada En El Pago De Deudas, Abandono De Los Deberes Primordiales Del Hogar Y Otros Hechos Análogos Que Por Su Naturaleza Sean Incompatibles Con La Dignidad De La Función De Administrar Justicia; 2ª Omisión O Retardo Injustificados En El Despacho De Los Asuntos A Su Cargo; 3ª Actuaciones U Omisiones Que Produzcan Retardos Injustificados En La Administración De Justicia, Que Tiendan A Hacerla Ineficaz O A Restarle Imparcialidad, Y 4ª Obtención De Provechos No Autorizados Por La Ley, Faltas Injustificadas De Asistencia A Las Respectivas Oficinas O Cierre Inmotivado De Éstas, Trato Indebido Al Público O A Los Subalternos, Irrespetos Al Superior Jerárquico, No Suministro De Datos Oficiales O Inexactitud En Los Que Se Suministren, Ejercicio De Funciones No Atribuidas Por La Ley, Y Otros Hechos Análogos

Decreto 3665 de 1950 · Por el cual se dictan normas encaminadas al mejoramiento de la administración de justicia

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Sin perjuicio de la correspondiente acción penal, cuando a ella hubiere lugar, o de lo que establezcan al respecto disposiciones especiales, son causales para la imposición de sanciones disciplinarias las siguientes: 1ª Mala conducta social motivada por hábito de embriaguez, práctica de juegos prohibidos, mora habitual e injustificada en el pago de deudas, abandono de los deberes primordiales del hogar y otros hechos análogos que por su naturaleza sean incompatibles con la dignidad de la función de administrar justicia; 2ª Omisión o retardo injustificados en el despacho de los asuntos a su cargo; 3ª Actuaciones u omisiones que produzcan retardos injustificados en la administración de justicia, que tiendan a hacerla ineficaz o a restarle imparcialidad, y 4ª Obtención de provechos no autorizados por la ley, faltas injustificadas de asistencia a las respectivas oficinas o cierre inmotivado de éstas, trato indebido al público o a los subalternos, irrespetos al superior jerárquico, no suministro de datos oficiales o inexactitud en los que se suministren, ejercicio de funciones no atribuidas por la ley, y otros hechos análogos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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