Micelio

Artículo 2

Ley 66 de 1920 · por la cual se declaran nacionales varias vías públicas, se concede un auxilio y se hace una cesión de unas fajas de terreno

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Una vez sancionada la presente Ley, el Gobierno procederá a hacer practicar los estudios definitivos de la vía; y cuando sean aprobados, organizará los trabajos de construcción en forma tal que la vía se dé al servicio público como camino de herradura, a más tardar en 1923.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 66 de 1920