Art. 1° . El gravamen impuesto á la renta de Salinas por el inciso 2°, artículo 13 de la ley 46 de 1882, para la amortización de las Libranzas de que habla la ley 10 del propio año, es el 20 por 100 del producto bruto de dicha renta.
Decreto 24 de 1883 →Vigente
Artículo 13
De La Ley 46 De 1882, Para La Amortización De Las Libranzas De Que Habla La Ley 10 Del Propio Año, Es El 20 Por 100 Del Producto Bruto De Dicha Renta
Decreto 24 de 1883 · Que reforma el número 109 del año próximo pasado, dictado en ejecución del artículo 13 de la ley 46 sobre elaboración de sales
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.